El canal de denuncias interno es la vía de comunicación a través de la cual la empresa recibe y gestiona las denuncias (o comunicaciones) hechas por los miembros de la propia empresa o por otras personas vinculadas a ella, sobre posibles conductas irregulares o ilícitas que de las que puedan haber sido testigos o tengan conocimiento y que sean contrarias a las normas de la empresa, tanto internas como externas.
El canal de denuncias interno es una herramienta esencial de cualquier plan o programa de compliance o cumplimiento normativo y un requisito del plan de prevención de delitos penales, tal y como recoge la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción y el artículo 31 bis del Código Penal. Por ello, la relación entre canal de denuncias y compliance es evidente, sin el primero tendríamos un sistema de gestión de compliance insuficiente y, seguramente, ineficiente.
El canal de denuncias es una herramienta básica para minimizar los riesgos y generar confianza, ya que permite a empresarios y directivos detectar infracciones e irregularidades desde una etapa temprana. Gracias a ello se previenen fraudes, corrupción, acoso laboral y otras malas conductas.
Puede hacer uso del canal de denuncias compliance cualquier persona que trabaje en el sector privado y que haya sido testigo de una irregularidad o infracción dentro de un contexto laboral o profesional, es decir, trabajadores por cuenta ajena, autónomos, accionistas, miembros del órgano de administración, de la dirección o de supervisión de la empresa, incluidos los miembros no ejecutivos.
Además, también pueden ser informantes personas que hayan sido testigos de una infracción o irregularidad en el marco de una relación laboral o estatutaria ya finalizada, como son, exempleados, becarios, voluntarios, trabajadores en prácticas, incluso personas cuya relación laboral aún no hubiese comenzado (es decir, candidatos a un puesto de trabajo).
El artículo 2 de la Ley 2/2023 señala que la normativa protege a las personas que informen sobre los siguientes supuestos: